miércoles, 6 de julio de 2011

Condenan a cascos azules por actuación en Srebrenica

Leo con profunda emoción que el ejército de los Países Bajos ha sido condenado por la retirada de protección a los Bosnios de Srebrenica en Julio de 1995 [La Razón Europa Press La Gaceta (ar)]. Parece ser que la demanda fue inspirada por un traductor al servicio de las tropas de Países bajos cuya familia fue obligada a abandonar la base y desapareció a manos de los serbios. En instancias anteriores, la justicia holandesa había fallado a favor del ejército, diciendo que su actuación bajo órdenes de la ONU trasladaba a dicha organización la responsabilidad. Pero finalmente se ha reconocido que la decisión fue tomada por holandeses, y es a éstos a quien se debería culpar.

El caso no deja de tener cierta complicación, pues las tropas holandesas habían sido enviadas con medios insuficientes y no contaban con apoyo aéreo, motivo que ya causó en 2002 la dimisión del gobierno de Wim Kok cuando los hechos fueron sacados a la luz por el Instituto Holandés de Documentación Bélica. Pero no por ello puede decirse que la decisión tomada por los oficiales quede fuera de la definición de delito de genocidio:

(Artículo I) Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar

(Artículo II) En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpretados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

a) Matanza de miembros del grupo;

b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo [...]

(Artículo III) Serán castigados los actos siguientes: [...]

e) La complicidad en el genocidio.

(Artículo IV) Las personas que hayan cometido genocidio o cualquiera de los otros actos enumerados en el artículo III, serán castigadas, ya se trate de gobernantes, funcionarios o particulares.


Por otra parte, el hecho de que hayan salido a la luz principalmente casos relacionados con los Países Bajos no quiere decir que los holandeses se tomen a la ligera los derechos humanos, sino simplemente que en sus tribunales de justicia salen a la luz hechos que aquí obviaríamos. Recuérdese cómo en su película La vida secreta de las palabras Isabel Coixet insistía en un tema tan a menudo olvidado: el disfrute por parte de fuerzas de la ONU y la OTAN de prostíbulos surtidos de carne bosnia y regentados por serbios, en una violación masiva (delito calificable también como genocidio) que nunca ha sido condenada, a pesar de que se repitiera, seguidamente, en otros escenarios bélicos como Somalia.

La guerra humanitaria no es nada limpia. A mi mente vienen situaciones como la descrita en la película Lágrimas del Sol o la que está sucediendo ahora mismo en Libia.

Nadie quiere a los refugiados en su país. La actuación de fuerzas de la OTAN, Italianos, Franceses, Daneses (y, si no viviéramos esta espantosa crisis, supongo que también nosotros, los españoles), impidiendo a los refugiados llegar a las costas o distribuirse por los países de la Unión, no deja de ser una violación del derecho de asilo, y, aún diría más, un genocidio, pues somete a poblaciones, en función de su nacionalidad, a condiciones de existencia que han de acarrear su destrucción física, total o parcial.

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